REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, trece (13) de Agosto de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-009732
Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por el ciudadano HERMES ALBERTO GONZALEZ VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.592.754, a favor de la niña ALHEIDEL VALENTINA GONZALEZ LEÓN, de cuatro (04) años de edad, quien se encuentra asistida por la ciudadana LEFFY RUIZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (P) del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes y la Familia del Área Metropolitana de Caracas, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a la niña antes mencionada; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y el acta de fecha 04/07/2008, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana OMAIRA JOSEFINA VILLALOBOS BORGES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-6.971.216, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de la niña (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños o adolescentes). Asimismo se acuerda expedir copiar certificadas del presente asunto y oficiar a la Oficina de Atención al Público, para que sean entregadas al solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ,
Abg. . ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
Abg. SORAYA ANDRADE
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