REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
De la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Jueza Unipersonal Nº 02
Caracas, ocho (08) de agosto de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2006-017559
Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial la consignación de fecha 07-08-08, mediante la cual se recibe oficio Nº 449908 emanado de la Oficina de Control de Consignaciones, y el contenido en el mismo, así como la diligencia de fecha 17/07/2008, donde la ciudadana ANA ROSA MELERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.610.578, solicita se le autorice a retirar de la cuenta bancaria a favor de su hija la niña (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños o adolescentes), la cantidad de MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 1.134,00), para cubrir gastos escolares y consigna presupuesto del colegio de la niña. Este Tribunal a los fines de garantizar el Derecho a la Educación de la niña HILARY ARINNA KEIMAR VELIZ MELERO, AUTORIZA a la ciudadana ANA ROSA MELERO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.610.578, a retirar de la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-13-0100370241, del Banco Industrial de Venezuela la cantidad de UN MIL OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES (Bs.F.1.089,00), en virtud de ser ese el saldo disponible en dicha cuenta, debiendo luego consignar por ante este despacho constancia de haber realizado dicho pago. Asimismo se acuerda librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones comunicándole lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ
ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
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