REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 13
Caracas, 04 de Agosto del 2008
ASUNTO: AP51-V-2008-006919
Vista la diligencia que antecede, presentada por los ciudadanos ANA MARIA FARIÑAS MORALES y RICHARD OSCAR ARIZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.562.389 y 7.954.545, respectivamente, asistidos por el Abg. ALBERTO LOPEZ RASQUIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.890, en la cual solicitan a este Despacho Autorización Judicial para viajar con la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, específicamente en este periodo vacacional 2008, a fin de poder aprovechar este lapso al máximo y poder darles a su abrigada la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, un justo y sano esparcimiento en compañía de los familiares de los abrigadores, es por lo que, esta Juzgadora considera que la presente autorización debe prosperar, aunado al hecho que los viajes planificados en esta fecha produciría un beneficio en la niña de autos, ya que se trata de un derecho que le asiste, el cual se encuentra consagrado en el artículo 63 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, referido al derecho de recreación, por lo que ha de declararse procedente la presente solicitud. Y así se declara. En mérito de las anteriores consideraciones, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal XIII de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, AUTORIZA a los ciudadanos ANA MARIA FARIÑAS MORALES y RICHARD OSCAR ARIZA, para que viaje al lugar que desee siempre y cuando sea dentro del territorio nacional, con la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
LA JUEZA,

ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.


LA SECRETARIA,

ABG. SALLY GUERRERO
JQA/SG/Kristian Castellanos
AP51-V-2008-006919