REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, cuatro de agosto de dos mil ocho.-
198° y 149°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, presentada personalmente por los cónyuges, ciudadanos SOL BEATRIZ SOLER Y CARLOS JOSE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.918.025 y 8.807.375, respectivamente y domiciliados en la Población de Tucupido, Municipio Jose Felix Ribas del Estado Guarico, debidamente asistidos por el Abogado OCTAVIO A. CAPEZZUTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.709. Désele entrada, fórmese expediente y admítase. En consecuencia, se admite cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Tribunal excito a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse esta, declaró dicha Separación en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos en la solicitud que encabezan estas actuaciones.
El Juez.

Dr. José Alberto Bermejo.

La Secretaria, Acc.

Daysi Delgado.