Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-
Valle de la Pascua, 13 de agosto de 2008.-
198° y 149°
Vista la reconvención propuesta por Prescripción Adquisitiva en la contestación de la demanda (folios 51 al 57, ambos inclusive), este Tribunal niega la misma conforme al artículo 224 de la Ley de Tierras y Desarrollo agrario, siendo que el procedimiento es incompatible con el Procedimiento Ordinario Agrario Oral.- Y Así se decide.-
La Juez Temporal,
ABG. JELISCA JUMICO BECERRA CHANG.-
La Secretaria,
ABG. NIEVES YSAMER ARVELAEZ B.-
En ésta misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal, siendo las 2:00 de la tarde.-conste.-
La Secretaria,
ABG. NIEVES YSAMER ARVELAEZ B.-
Exp N° 2008-4.097.-
JJBCH/mms.-