Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-

Valle de la Pascua, 04 de agosto de 2008.-
198° y 149°


Visto el CONVENIMIENTO efectuado por ambas partes en el presente procedimiento; y por cuanto el mismo no es contrario a derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, da por consumado dicho convenimiento y se acuerda tenerlo como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Igualmente se expiden dos (2) copias fotostáticas certificadas del presente convenimiento y del auto que la provee.-En consecuencia, se dá por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del Expediente.-
La Juez Temporal,

ABG. JELISCA JUMICO BECERRA CHANG.-

La Secretaria,

ABG. NIEVES YSAMER ARVELAEZ B.-

Se dejo copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 04 de Agosto del 2008, archivándose el presente expediente N° 2002-3.590, constante de una (1) pieza de ciento veintiséis (126) folios útiles y un cuaderno de medidas de treinta y dos (32) folios útiles, siendo la 1:00 de la tarde.-Conste.-
La Secretaria,

ABG. NIEVES YSAMER ARVELAEZ B.-


Exp N° 2002-3.590.-
JJBCH/mms.-