JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.-
TUCUPIDO, 12 de AGOSTO DE 2008.-
197° Y 148°
Vista la diligencia de fecha 06 de Agosto de 2008( f. 21), introducida y suscrita por la abogada Arizay Caguaripano, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.683, en su carácter de autos, mediante la cual desiste del procedimiento en la presente causa ( Exp. N° 771-08), el Tribunal por ser procedente en derecho, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley lo declara consumado e imparte su Homologación.. Archívese el presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño
La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella