REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
Calabozo, 03 de Diciembre de 2008
198º y 149º


ACTA


En el día de hoy, siendo las Diez horas de la mañana (10:00 am.), se trasladó y constituyó este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, presidido por el Juez Francisco Taquiva en la siguiente dirección: Carretera Nacional, vía paso el caballo, kilómetro Nº 9, de la Agropecuaria Chinea Arriba, de esta ciudad de Calabozo Estado Guárico. Se deja constancia que se encuentran presentes los apoderados judiciales de las ciudadanas CIRA CAROLINA APONTE DE GARCES, MARÌA ZENAIDA HERNANDEZ Y CARMEN CIRENIA MOLINA DE TOVAR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 8.632.801, Nº 13.948.006 y Nº 6.034.564, abogados Jorge Alejandro Valera Peña y Maribel del Valle Caro Rojas, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 116.784 y 55728, carácter el suyo que consta en poder notariado que corre inserto en el folio cincuenta y tres (53) de este expediente, a los fines de practicar medida ejecutiva de embargo sobre bienes propiedad de la ejecutada, AGROPECUARIA CHINEA ARRIBA C.A.. Acto seguido el Tribunal Pasa a designar como depositario Judicial al Ciudadano Gines Lily Abreu Gallardo, titular de la cedula de identidad Nº 11.794.303 de conformidad con lo dispuesto en el articulo 539 del Código de Procedimiento Civil y como perito avaluador al ciudadano José Gregorio Torrez Rodríguez, titular de la cedula de identidad Nº 17.602.431, a quienes se les concedió el derecho de palabra y los mismo expusieron “aceptamos el cargo recaído en nuestras personas y juramos cumplirlo bien y fielmente con las funciones inherentes al mismo. Seguidamente, una vez constituido el Tribunal en el sitio indicado ut supra, el juez procedió a notificar de la misión a cumplir al ciudadano LEOCADIO ANTONIO PAZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.670.730 quien se encuentra en este sitio en calidad de encargado. En este estado interviene la parte demandante y quien expone: “ Visto que es un hecho publico y notorio que el terreno de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE HECTAREAS CON DOCE AREAS ( 2887, Has), propiedad de la accionada se encuentra bajo conflicto, y procedimiento instaurado por el INTI, y asignado en partes por dicho instituto, a terceras personas, es por lo que señalo para ser embargado el lote de terreno que corresponda y que pertenezca a la demandada AGROPECUARIA CHINEA ARRIBA C.A., según documento Registrado ante la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Distrito Miranda, Estado Guárico, bajo el Nº 4, Protocolo 3ro, Tomo Único, folio 11, del Tercer Trimestre del año 1988, cuyos linderos se encuentran debidamente identificados en el documento de Tracto Sucesivo, que en este acto se hace entrega al Tribunal. Así mismo, señalo para embargar las bienechurias constituida por una casa principal, constituida por un corredor en forma de L, de una Cocina, seis habitaciones, cuatro baños internos y dos baños externos, e igualmente dos baños que se encuentran en el patio, un galpón que sirve como deposito, un corral de hierro, ubicado al margen derecho de la carretera de entrada al terreno de la Agropecuaria Chinea Arriba. Los cuales , tanto el terreno señalados como la bienechurias que la conforman y están construidas sobre el mismo, se encuentran valoradas en la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 270.000,00), Y los siguientes bienes inmuebles que continuación se mencionan, 1-Un perco, de color blanco, marca Tecoven, de un valor aproximado por que se encuentra deteriorada, de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,00), 2.- Un Hidrojet, de color amarillo, sin marca, de 1600W, valorado en TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00), 3- Una piqueta de color rojo, marca bolt cutter, valorada en CIEN BOLIVARES (Bs 100,00), 4- Una sierra industrial, de cortar carne, marca BOIA HD, de color gris, sin uso, valorada en SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00), 5- Dos Aires Acondicionados, tipo Saint, Marca CHIGO, de veinticuatro mil BTU, de color blanco, valorada en MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,00), cada una, 6- Un aire acondicionado, tipo Splint, de color Blanco, Marca LG, de treinta y seis BTU, valorada en MIL TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.300,00, 7- Catorce Literas, de hierro de color verde, valorada en DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs 200,00), 8- Tres literas de Madera, valoradas en CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs 150,00), 9- Un aire acondicionado tipo Splint, Modelo FRESH MULTI-FLOW, Marca DAEWOO, valorada en NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00), 10- Dos mesas de Madera pequeñas OCHENTA BOLIVARES (Bs. 80,00), 11- Tres Aires Acondicionados, tipo Splint,l Marca CHIGO, de doce mil BTU, valoradas NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 900,00) cada uno, 12- Una motobomba de color azul, marca PEDROLLO, de un caballo , valorada en CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,00), 13- Un aire acondicionado, tipo Splint, color blanco, marca LG, de treinta y seis BTU, valorada en MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1400,00), 14-Cinco mesas, tipo comedor, hechas de un material de fibra y hierro, de color blanco, valoradas, en DOSCIENTOS CINCUENTA (Bs. 250,00) cada una, 15- Seis Poltronas de Madera y cuero, valoradas en CIEN BOLIVARES, cada una, 16- TRES mueble de Madera y Cuero, valoradas en CIENTO OCHENTA BOLIVARES (Bs. 180,00) cada uno, 17- Un mueble tipo Tinajero, de madera, en TRES CINCUENTA BOLIVARES (Bs.350,00), y 18- Una mesa de Madera, tipo Comedor, Valoradas en DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00), 19- Planta Disell, Marca OLYMPIAM, Modelo GEP110, Color amarillo , Motor Perkins, Serial Nª E73951/002 240/139V 100KWW trifasica, valorada en MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00), 20- Tractor Marca FORD 6600, Color Azul , Serial , T3/D3NN6015-J-7, valorada en OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00), 21- Tractor Massey –Fergunson, Serial 3711404/1 NW, Color Rojo, cauchos lisos, valorado en SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 6.000,00), 22- Soporte de Manguera de riego marca WALDHAUSER REGENAUTOMAT, con 200 metros de mangueras de 411, valorada en SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,00), 23- Bomba tipo caracol de cordon adaptable a tractor, (en desuso) de achique, valorado en QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), 24- Zorra de Metal Amarillo, valorado por un monto de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00), 25- Rotativqa muy deteriorada, valorada en DOS MIL QUINIENTOS (Bs. 2500,00), 26- Bigroma de 18 discos, color Amarillo, valorada en SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 650,00), 26- Rastra de 24 discos, color amarillo, valorada por un monto de DOS MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 2900,00), 27- Un tanque de Agua , de 2000 litros, valorado en OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 850,00 ) 28- Un tanque , tipo cisterna de agua de 2000 litros, valorada en OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800;00), la totalidad de todos los bienes mencionados, es la cantidad de TRESCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 308.900,00). En este estado la parte demandante expone solicito al Tribunal que oficie a la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario, para que estampe la respectiva nota marginal, de prohibición de Enajenar y Gravar, el inmueble y las bienechurias propiedad de la demanda y arriba mencionada. En este estado el Tribunal, designa como guardia y custodia de los bienes al ciudadano LEOCADIO ANTONIO PAZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.670.730, y quien estará bajo la vigilancia de la depositaria anteriormente mencionada. Concluido el presente acto el Tribunal se retira a su sede de origen. Se deja constancia que el Juez se encuentra custodiado por los efectivos de la Guardia Nacional, ciudadano, Douglas Alexander Marchena Landaeta, C.I. 18.504.182 y el Ciudadano Johan José Moncada Amaya , C.I. 18.089.605, A las tres horas de la tarde (03:00 p.m.). Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ

DR. FRANCISCO TAQUIVA
LA SECRETARIA

ABG. TIBISAY DELGADO


LA PARTE EJECUTANTE


EL NOTIFICADO

PERITO AVALUADOR
DEPOSITARIO

EFECTIVOS DE LA
GUARDIA NACIONAL

La Secretaria


Asunto Nº JH61-L-2007-000080