REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de diciembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149°
ACTA
ASUNTO N° : AP21-L-2007-003068
PARTE ACTORA: ESMERALDA GASPAR BLANCO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: VÍCTOR LUIS SÁNCHEZ LEAL
PARTE DEMANDADA: GLOBAL BUSINESS VIEW C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NILDA ESCALONA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto escrito Transaccional de fecha 10 de diciembre de 2008, presentado por la parte Actora, ciudadana ESMERALDA GASPAR BLANCO, cédula de identidad NºV14.203.400, su apoderado judicial VÍCTOR LUIS SÁNCHEZ LEAL, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°22.574, y por la parte Demandada GLOBAL BUSINESS VIEW C.A., a través de su representante el ciudadano ENIO ORTIZ SAAVEDRA, cédula de identidad NºV-15.508.298, asistido por la abogada NILDA ESCALONA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°64.444; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas conociendo en fase de Ejecución, le imparte la HOMOLOGACION a dicha Transacción, cuyo monto fue por Bs.F.16.400,00, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Así se establece.-
La Juez
El Secretario
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
Abg. Daniela González
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