REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL. JUEZA UNIPERSONAL II
Caracas, 01 de Diciembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2007-014243
Visto y analizado el escrito de solicitud que antecede y los recaudos que lo acompañan, presentado por la ciudadana MARIA YAMILET OROPEZA MONTERREY, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.355, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos FRANCISCO NEGRIN HERRERA Y ZORAIDA FLOREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.097.387 y 6.232.032, a favor de los adolescentes (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños o adolescentes); este Tribunal observa:
En fecha siete (07) de agosto de 2007, este Juzgado instó a la parte solicitante a que intentara por separado las Rectificaciones de las Partidas de Nacimientos de los prenombrados adolescentes, y siendo que la parte interesada no dio cumplimiento a lo señalado por esta Sala, esta Jueza Unipersonal II, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, en vista de que la presente solicitud acumula dos pretensiones que deben ser tramitadas por separado, declara INADMISIBLE la presente solicitud, y así se decide.
LA JUEZ
DRA. SUHAIL ABREU NUÑEZ
LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
SAN/SA/K.
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