REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, 16 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2005-000226
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, y vista en especial la diligencia de fecha 08 de Diciembre de 2008, suscrito por la ciudadana PATRICIA MAGDALENA SOLA LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 6.843.645, debidamente asistida por la abogada MERCEDES VARGAS, en su carácter de Defensora Pública Décima Segunda (12°) de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, donde solicita la suspensión de la medida de Prohibición de Salida del País dictada por este Juzgado en fecha veinticuatro (24) de Enero de 2005 de la niña (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), en virtud de que la niña viajará a la ciudad de Quito, Ecuador, el día 23 de diciembre del presente año, en consecuencia, esta Sala de Juicio acuerda de conformidad con lo solicitado, y ordena SUSPENDER la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS de la niña (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), la cual fue comunicada a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), según oficio Nº 13.413 de fecha 24 de enero de 2005. Por consiguiente se acuerda librar oficio dirigido a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, comunicando lo aquí acordado, y se designa correo especial al ciudadano FRANCISCO DANIEL SOLA, titular de la cédula de identidad N° 3.248.014, a fin de que conduzca el respectivo oficio. Asimismo, se ordena expedir un (1) juego de copias certificadas que deberán ser entregadas al mencionado ciudadano FRANCISCO DANIEL SOLA. Líbrese oficio a la ONIDEX y a la Oficina de Atención al Público (OAP). Cúmplase.-
LA JUEZ

ABG. SUHAIL ABREU NUÑEZ
LA SECRETARIA

ABG. SORAYA ANDRADE