Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7808
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s): MANUEL ANGEL MORALES, MANUEL ENRIQUE BOLÍVAR ORTA, LUIS ANGEL MORALES BOLÍVAR, MANUEL ANGEL MORALES BOLÍVAR.

En relación a la solicitud de fecha 04 de noviembre del año 2008, suscrita por el ciudadano Manuel Ángel Morales, venezolano, mayor de edad, casado, obrero, titular de la cédula de identidad N°: V.8.553.150, de este domicilio, asistido de abogado, donde solicita sea declarado en su condición de esposo, conjuntamente con sus hijos Manuel Enrique Orta Bolívar, Luis Ángel Morales Bolívar, Manuel Ángel Morales Bolívar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°: V.16.075.036, V.17.435.247, V.17.435.190, estudiantes, de este domicilio, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la de cujus Alida Ysabel Bolívar Martínez, quien falleció ab-intestato el día 28 de agosto del año 2.008, en el Tramo Carretera El Sombrero-Chaguarama, del Estado Guárico. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este Juzgado, en fecha 13 de noviembre del año 2008, promovida por la mencionado ciudadano, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con Lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: Manuel Ángel Morales, Manuel Enrique Orta Bolívar, Luís Ángel Morales Bolívar, Manuel Ángel Morales Bolívar, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, de la de cujus Alida Ysabel Bolívar Martínez, quien falleció ab-intestato, el día 28 de agosto del año 2.008, según acta N°: 73. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los cuatro (04) días del mes de diciembre del año dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.


La Jueza Provisoria,
La Secretaria Temporal,
Abg. Esthela Carolina Ortega Abg. Isbelia Cambera.


En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.

La Secretaría Temporal,











ECO/mcc
Sol. N°: 7808