REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Y NRO. 15 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA
DE CARACAS
Caracas, 31 de enero del 2008
197º y 148º
Actuación Nro. 15C-11.763-08
RESOLUCIÓN JUDICIAL
JUEZA: RENÉE MOROS TRÓCCOLI
EL SECRETARIO: JHON ENRIQUE PEREZ
PARTES:
FISCAL. 129° DEL MINISTERIO PÚBLICO. PATRICIA VIERA
IMPUTADO: OSCAR JOSE TINEDO
VICTIMA: MAIGUALIDA HERNANDEZ RODRIGUEZ
Visto el escrito presentado por las Dra. PATRICIA VIERA, Fiscal Titular Centésimo Vigésimo Noveno (129°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme al cual solicita de este Tribunal SE DECRETE EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, seguido contra del ciudadano OSCAR JOSE TINEDO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana MAIGUALIDA HERNANDEZ RODRIGUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal estima que para comprobar el motivo que dio lugar a la presente solicitud no es necesario un debate entre las partes, por lo cual procede a pronunciarse sin que sea preciso para ello, la celebración de una audiencia oral, conforme lo establece el encabezamiento del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
En fecha 11-11-2005, se dio inicio a la presente investigación en virtud de la Denuncia interpuesta por la ciudadana MAIGUALIDA HERNANDEZ RODRIGUEZ, ante la Fiscalía 129º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, conforme a la cual entre otras cosas expuso “denuncio a mi ex concubino, por cuanto desde hace 15 días, me persigue a donde yo vaya, me amenaza con golpearme, me acosa, todo es porque el quiere que yo vuelva con él y yo me he negado, yo lo que quiero es que me deje en paz, es todo…” (Folio 1 y su vlto.)
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Ahora bien, analizadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuales ocurrieron los hechos antes narrados en fecha 08/05/2005, donde resultó OSCAR JOSE TINEDO investigado por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, en agravio de MAIGUALIDA HERNANDEZ RODRIGUEZ y constatado que hasta la presente fecha, no se han obtenido los suficientes elementos de convicción que sirvan como base para presumir que el mencionado ciudadano sea autor o participe de los hechos objetos de la presente investigación, en virtud que, desde la fecha en la cual se suscitaron los hechos hasta la presente, resultaría imposible incorporar nuevos datos a la investigación.
En este sentido, este Juzgado estima, que si bien es cierto, se prosiguió la presente investigación por la presunta comisión de un hecho punible de acción pública, no es menos cierto, que a pesar de la falta de certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la misma, por lo cual no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de alguna persona que pudiera ser individualizada como imputada, en consecuencia este Tribunal considera que lo procedente y ajustado en Derecho en el presente caso es DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Centésima Vigésima Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL seguido al ciudadano OSCAR JOSE TINEDO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo previsto en los artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Decimoquinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Centésima Vigésima Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL seguido contra del ciudadano OSCAR JOSE TINEDO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en agravio de MAIGUALIDA HERNANDEZ RODRIGUEZ.
Regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes.
LA JUEZ,
RENÉE MOROS TRÓCCOLI
EL SECRETARIO,
JHON ENRIQUEZ PEREZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
JHON ENRIQUEZ PEREZ
Actuación Nro. 15-C-11.763-08
RMT/JEP
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