REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Y NRO. 15 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA
DE CARACAS


Caracas, 31 de enero del 2008
197º y 148º

Actuación Nro. 15C-11.784-08
RESOLUCIÓN JUDICIAL



JUEZA: RENÉE MOROS TRÓCCOLI
EL SECRETARIO: JHON ENRIQUE PEREZ
PARTES:
FISCAL. 129° DEL MINISTERIO PÚBLICO. PATRICIA VIERA
IMPUTADA: MARIA DEL CARMEN GONZALEZ
VICTIMA: JUAN CARLOS FERNANDEZ MARTINEZ


Visto el escrito presentado por las Dra. PATRICIA VIERA, Fiscal Titular Centésimo Vigésimo Noveno (129°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme al cual solicita de este Tribunal SE DECRETE EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, seguido contra del ciudadano MARIA DEL CARMEN GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la ciudadana JUAN CARLOS FERNANDEZ MARTINEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal estima que para comprobar el motivo que dio lugar a la presente solicitud no es necesario un debate entre las partes, por lo cual procede a pronunciarse sin que sea preciso para ello, la celebración de una audiencia oral, conforme lo establece el encabezamiento del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN

En fecha 15-11-05, se dio inicio a la presente investigación en virtud de la Denuncia interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS FERNANDEZ MARTINEZ, ante la Fiscalía 129º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, conforme a la cual entre otras cosas expuso “vengo a denunciar a mi concubina, por lesiones, no obstante quiero que se nos haga una caución, para que ni ella se meta con mi persona ni yo con ella, ella está embarazada con siete meses, yo trabajo en un puesto mas allá de el de ella, por una discusión en el espacio de los puestos, ella se enojó barbaramente, y yo le dije que respetara y nos comenzamos a ofender y yo con un roce de mi mano la alce el cachete y en eso me lanzó una botella y logro impactar sobre mi cabeza y mano, fui llevado a la atención Salud Chacao, es todo…” (Folio 2)

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Ahora bien, analizadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuales ocurrieron los hechos expuestos por el denunciante y las diligencias practicadas por el Representante del Ministerio Público, se observa, que del hecho no puede demostrarse la comisión de un hecho punible objeto del proceso, toda vez que no se cuentan con testigos presenciales de los hechos, que pudieran dar fe de lo expuesto por el ciudadano JUAN CARLOS FERNANDEZ MARTINEZ, como autor o participe del delito de Violencia Física. De tal manera que este Tribunal DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscal Centésima Vigésima Novena 129º del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.-


DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Decimoquinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Centésima Vigésima Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PRESENTE PROCESO PENAL seguido contra de la ciudadana MARIA DEL CARMEN GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en agravio de JUAN CARLOS FERNANDEZ MARTINEZ.
Regístrese, déjese copia y notifíquese a las partes.
LA JUEZ,


RENÉE MOROS TRÓCCOLI
EL SECRETARIO,

JHON ENRIQUEZ PEREZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO,

JHON ENRIQUEZ PEREZ
Actuación Nro. 15-C-11.784-08
RMT/JEP