PRIMERO: oido al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, así como el Ministerio Público y a la Delegada del Centro y revisado el informe evolutivo consignado en fecha 15-01-08, considera que se hace necesario reforzar todas las areas, tanto psicologica, social, educativa y laboral que fueron establecidas en el Plan de Accion elaborado al adolescente, por lo que se requiere que el sancionado adquiera un verdadero compromiso en el cumplimeinto de la medida que le fuera impuesta, así como sea responsable con el psicologo, trabajador social y delegado y que efectivamente encamine en el logro de las metas, por cuanto delinforme evolutivo se desprende que el proceso ha sido lento y hay un estancamiento de las met6as trazadas, por lo que se acuerda MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por el tiempo que le resta de la sanción. SEGUNDO: en relación a las peticiones hechas por el Ministerio Pùblico, se acuerda librar comunicación al circuito Nº 2 "Diego de Lozada", a los fines de que realicen las gestiones pertienentes y le sea practicado al adoelscente un electroencefalograma y una evaluacion psiquiatrica, esta ultima establecida como meta en el area psicologica en el plan de accion, asimismo oficiar al centro de prevención "Ali Primera", a los fines de qu7e sea evaluado, diagnosticado y si es necesario sometido al tratamiento correspondiente. TERCERO: en cuanto a las presentaciones por ante el Tribunal solicitadas por el Ministerio Publico, considera esta Juzgadoran que el adolescente tiene una carga bastante fuerte con las presentaciones que debe de cumplir por ante la entidad de libertad asistida, en esta sentido el tribunal si lo considera pertinente a los fines de su vigilancia, librara boleta de citación, a objeto de entrevistarse con el sancionado. CUARTO: asi mismo se le informa a los jovenes adultos que el Juez de Ejecucion, tiene la atribucion de revisar las medidas por lo menos una vez cada seis (06) meses, para modificarlas o sustituirlas por una menos gravosa, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas o por ser contrarias al proceso de desarrollo del adolescente conforme a lo preceptuado en el artículo 647 literal "e" de la Ley Organica para la Protección del Niño y del adolescente. QUINTO: Quedan notificadas las partes conla lectura y firma de la presente acta de conformidad con lo previwto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de las Ley especial que nos rige. Se declara terminada la presente audiencia siendo las once y treinta (11:30) horas de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.-
LA JUEZ



DRA. MARTA RAMOS CEDEÑO


LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO


ABG. CARMEN DI MURO



EL SANCIONADO


LA DEFENSA PUBLICA


ABG. LUIS ISLANDA


LA DELEGADA DEL CENTRO




TSU. MILAGROS GUEVARA



LA SECRETARIA


ABG. CATALINA PARASOLE


EXP: 340-07/MRC/cata.