REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy veintiocho (28) de enero del año dos mil ocho (2008), siendo las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana Juez Abogada ZULAY BRAVO DURÁN y la Abogada GENAIRE GONZÁLEZ FIGUEROA, Secretaria Titular; en compañía y a solicitud del apoderado judicial de la parte actora ejecutante Abogado ERNESTO RINCON MURILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.784; de los auxiliares de justicia designados por este Tribunal, ciudadanos DANILO MONTES y JENRRY ALVIAREZ MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.864.256 y 14.909.092, en su carácter de Representante de la Depositaria Judicial La R.C. C.A. y Perito Avaluador, respectivamente, previamente juramentados tal como consta en el acta levantada a tal efecto en el Libro de Juramento de Auxiliares llevado por este Juzgado; constituidos en la siguiente dirección señalada en la comisión y por el apoderado judicial de la parte actora ejecutante: Apartamento identificado con el N° 2, que forma parte de una vivienda constituida por una casa y terreno distinguida con el N° 85, ubicada en el lugar denominado Las Palmas Sector El Cementerio, Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la ENTREGA MATERIAL decretada y ordenada por el JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS con motivo del juicio que por DESALOJO sigue ZORAIDA MARÍA MONROY de CARVAJAL, PANTALEONA GONZÁLEZ VIUDA DE MONROY, ALCIDES EUSEBIO MONROY GONZÁLEZ, GISELA MARÍA MONROY de MONTILLA y DIMAS HERNAN MONROY GONZÁLEZ contra ANA CECILIA CARDENAS RAMÍREZ; Expediente N° AN3E-V-2001-000007; comisión ésta recibida por este Juzgado mediante proceso de Distribución en fecha 20 de noviembre de 2007.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra identificado, las cuales se encontraban abiertas, el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana ANA CECILIA CARDENAS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.866.196, quien en conocimiento del contenido de la comisión la cual le fue leída, manifestó ser la demandada y ocupante del inmueble, permitiendo de seguidas voluntariamente el acceso del Tribunal y sus auxiliares al interior del inmueble.- En este estado el Tribunal instruye al Perito designado, a realizar inventario de los bienes que se encuentran en el inmueble.- Presentes las partes la juez insta a las mismas a sostener conversaciones a los fines de que utilicen cualesquiera de los medios de resolución de conflictos previstos en la Constitución y las leyes; concediéndoseles un lapso prudencial.- Concluido el lapso para conversar concedido a las partes, el apoderado judicial de la parte actora solicitó al Tribunal que continuara con la ejecución de la medida, debido a que luego de que la parte actora y la demandada sostuvieron conversaciones no llegaron a ningún acuerdo para conceder un lapso para la desocupación de inmueble.- Vista la manifestación del apoderado judicial de la parte actora el Tribunal acuerda continuar con la ejecución de la medida de conformidad con lo establecido en los artículos 237 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.- Acto seguido la demandada, manifestó al Tribunal que todos los bienes muebles que se encuentran en el inmueble son de su propiedad y procedería a retirarlos bajo su riesgo y responsabilidad para trasladarlos a la siguiente dirección señalada por ella: Avenida Principal del Cementerio, Calle Los Carmenes, Local N° 60, Urbanización El Cementerio, Municipio Libertador del Distrito Capital.- Bienes que retiró de seguidas utilizando para su embalaje y traslado el personal y transporte contratado por la Depositaria, camión 750, Placa 029-XJG, conducido por el ciudadano JOEL JOSÉ MORILLO ROSALES, cédula de identidad N° 14.019.684.- Vista la manifestación de la demandada la juez del Tribunal ordena al perito avaluador suspenda la realización del inventario.- Seguidamente en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace ENTREGA MATERIAL Y JURÍDICA del siguiente bien inmueble: Apartamento identificado con el N° 2, que forma parte de una vivienda constituida por una casa y terreno distinguida con el N° 85, ubicada en el lugar denominado Las Palmas Sector El Cementerio, Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital, a la parte actora ejecutante ZORAIDA MARÍA MONROY de CARVAJAL, PANTALEONA GONZÁLEZ VIUDA DE MONROY, ALCIDES EUSEBIO MONROY GONZÁLEZ, GISELA MARÍA MONROY de MONTILLA y DIMAS HERNAN MONROY GONZÁLEZ, en la persona de su apoderado judicial abogado ERNESTO RINCÓN MURILLO, antes identificado, quien lo recibe conforme libre de bienes y personas, con las llaves de sus puertas principales.- Seguidamente se ordena expedir por secretaría copia certificada de toda la comisión para que sea agregada al copiador de actas llevado en este tribunal.- Se deja constancia que la práctica de estas actuaciones no causó derechos para este Tribunal de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 11:45 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,

ABG. ZULAY BRAVO DURÁN
LA DEMANDADA



EL APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA EJECUTANTE


EL DEPOSITARIO JUDICIAL

EL PERITO AVALUADOR


EL CONDUCTOR
LA SECRETARIA