REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, Valle de la Pascua, veintitrés de enero de dos mil ocho.-
197° y 148°
Vista la manifestación de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, presentada personalmente por los cónyuges, ciudadanos JUAN MANUEL VARELA ROJAS Y CARMEN ELIZABET GONZALEZ MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 12.637.512 y 8.571.308, respectivamente y domiciliados en Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guarico, debidamente asistidos por el Abogado JULIO SZEINFELD RIANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.292. Désele entrada, fórmese expediente y admítase. En consecuencia, se admite cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Tribunal excito a los cónyuges a la reconciliación sin lograrse esta, declaró dicha Separación en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos en la solicitud que encabezan estas actuaciones.
El Juez.

Dr. José Alberto Bermejo.

El Secretario, Acc.

Abog. Gustavo Martinez.