En el día hábil de hoy 27 de Febrero de 2008, siendo las (11:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen por la parte actora la abogada en ejercicio CINDY ALICIA CASTRO ZAMORA inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.113.038 y por la demandada el abogado en ejercicio FRANCISCO RENGIFO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.54.946., quien consigna instrumento poder en original el cual este tribunal tiene a la vista y agrega copia simple del mismo, previa respectiva devolución. La ciudadana Juez declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia del uso de los medios Alternativos de solución de conflictos para lograr un acuerdo que beneficie a las partes así como el ahorro de energía en el presente asunto. En este estado las partes de común acuerdo solicitan sea acumulada la presente causa a los asuntos n(s). JH51-L-2007-000120 y JH51-L-2007-000147. Así las cosas este Tribunal observando que lo peticionado no es contrario a derecho lo acuerda y en consecuencia le señala a las partes que transcurrido como lo sea el lapso de cinco días a los efectos que la presente decisión quede definitivamente firme, tendrá lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, la cual se celebrará en fecha 18 de marzo de 2008 a las 9:00 a.m lo cual es acordado con la ciudadana Juez de conformidad a lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada; ya que la inasistencia de cualquiera de las partes involucradas en el presente proceso, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley; Asi las cosas a partir de la presente fecha el presente asunto será designado con el N°. JH51-L-2007-000147 todo ello en total apego con lo dispuesto en el articulo 78 del Código de Procedimiento Civil y 11 por analogía del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Pruebas: Se deja constancia en este acto que la demandante consigna escrito de pruebas contentivo de cuatro (04 ) folios útiles y (02) anexos y la demandada consigna escrito de pruebas contentivo de ( 01) folio útil; las cuales serán incorporadas al expediente de conformidad con el articulo 74 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo o devueltas a las partes si así lo solicitaran.. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 11:40 a.m de hoy 27 de Febrero de 2008. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.