REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de febrero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º

ASUNTO: AP21- L- 2006- 001024

Vista la diligencia presentada en fecha Trece (13) de Diciembre de 2007, suscrita por la Abogada GLORIA PANTALEON, debidamente inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 67.815, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos GUSTAVO SAAVEDRA, EDWIN MARTINEZ, ZULLY CORZO, JOSE PERAZA, FREDDY MENDEZ y ANA MAGDALENA ROMERO, parte actora en el presente juicio y por la Abogada DAYLENY TROITIÑO, debidamente inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.216, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil KRAFT FOODS VENEZUELA, C.A, parte demandada; mediante la cual la Apoderada Judicial de los demandantes, ampliamente identificada en autos, desiste del procedimiento incoado en contra de la empresa KRAFT FOODS VENEZUELA, C.A., y dado que la representación judicial de la demandada manifestó su conformidad con la presente formula de Autocomposicion Procesal, en consecuencia esta Juzgadora le imparte la HOMOLOGACION al presente desistimiento, por no vulnerar el orden público laboral, en los términos manifestados por las partes, motivo por el cual se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo físico del expediente así como su cierre informático. Cúmplase lo ordenado. Déjese copia de la presente decisión.
La Juez Temporal

La Secretaria

Aixira C. Álvarez González Norialy Romero





AA/nr