REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 14 de febrero de 2008
Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha 22 de enero de 2008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana YENNY NATALY GUERRERO, en su condición de Fiscal Nonagésima Quinta (95°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en el cual remite convenio de Obligación de Manutención celebrado por los ciudadanos JHOANY OLIVER DA COSTA y YERITZA JOSEFINA HUNG LOMBANO, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 13.158.828 y 16.871.913, respectivamente, en beneficio del niño (...) año de edad, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 18 de Enero de 2008, lo relativo a la Obligación de Manutención, del niño antes mencionado.