REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII
Caracas, 21 de Febrero de 2008
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2008-001901
Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por el ciudadano JOSE RAMON TORRES MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-6.202.658, debidamente asistida de abogada quien actuando en representación de su hijo SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de cuatro mese de edad, hijo de la ciudadana YAMILET DEL VALLE GOMEZ CASTILLO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-11.199.971, fallecida en fecha (27) de septiembre de 2007. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana YAMILET DEL VALLE GOMEZ CASTILLO, antes identificada, a su hijo SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, y a su viudo ciudadano JOSE RAMON TORRES MANRIQUE, beneficiarios de la de cujus ciudadana YAMILET DEL VALLE GOMEZ CASTILLO. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P) para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas. Cúmplase
LA JUEZ
Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA
Abg. DAYANA ESTABA
ASUNTO: AP51-S-2008-001901
JQA/DE/Kristian Castellanos
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