ASUNTO PRINCIPAL: JP01-S-2004-005666
ASUNTO : JP01-S-2004-005666

Revisadas todas y cada una de las presentes actuaciones, y vista la solicitud cursante del folio 194 al 195, suscrita por la representación de la defensa privada, del imputado MANUEL EMILIO GRATEROL, este Tribunal acuerda con lugar por vía excepcional, la fijación por segunda vez y la oportunidad legal para la celebración de la Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto dicho acto fue fijado por primera vez, en fecha 10 de Enero de 2008, conforme al dispositivo legal de la norma procesal antes mencionada, para ser celebrada el día 6 de los corrientes, no habiéndose efectuado dicho acto procesal por inhibición del Juez representante del Tribunal Cuarto (4°) de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, todo lo cual cursa a partir del folio 157.

En tal sentido, no habiéndose constituido con anterioridad el referido Tribunal de Control para la celebración por primera vez del acto en cuestión, estima este Juzgado, a quien le tocó conocer de este asunto jurídico por causa de la inhibición antes comentada, que lo procedente y ajustado a derecho es, fijar por segunda vez y por vía de excepción la Audiencia Preliminar de conformidad como lo establece el artículo 328 ejusdem, atendiendo a los principios y garantías procesales implícitos en el debido proceso, preceptuado en el artículo 49 Constitucional.

En tal sentido, fíjese la Audiencia Preliminar para ser celebrada el día lunes 10 de Marzo de 2008 a las 10:00 horas de la mañana (a.m.).

Líbrense las respectivas boletas de notificaciones a las partes e intervinientes en esta causa penal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-

LA JUEZ,

Dra. BEATRIZ JOSEFINA RUIZ MARÍN
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ESMERALDA GOLDCHEIDT