Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7127
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s):
En relación a la solicitud de fecha 27 de septiembre del año 2007, suscrita por la ciudadana Iris Teresa Golindano Tirado, venezolana, mayor de edad, de estado civil, divorciada, titulare de la cédula de identidad N°: V.4.391.619, domiciliada en la Urbanización La Lagunita II, Bloque D. Apto P-4-D-2, Sector Pueblo Viejo, Piritu, Estado Anzoátegui, asistida de abogado, donde solicita en su condición de hija sea declarada, conjuntamente con sus hermanos Egilda Omaira Golindano de Morales, Antulio Celestino Golindano Tirado, Francisco Javier Golindano Tirado, Jaime Alexander Golindano Tirado, José Joaquín Golindano Tirado, y el ciudadano Jauner Alexander Betancur Golindano, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas Nros: V.4.393.311, V.4.393.310, V.8.781.055, V.9.883.312, V.10.665.291 y V.17.689.351, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos de la de cujus Olga Margarita Tirado de Golindano , quien falleció ab-intestato el día 04 de diciembre del año 2007, en San Juan de los Morros. Estado Guárico. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo juzgado en fecha 09 de enero del año 2008, promovida por la mencionada ciudadana, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Con Lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: Iris Teresa Golindano Tirado, Egilda Omaira Golindano de Morales, Antulio Celestino Golindano Tirado, Francisco Javier Golindano Tirado, Jaime Alexander Golindano Tirado, José Joaquín Golindano Tirado, y el ciudadano Jauner Alexander Betancur Golindano, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, de la de-cujus Olga Margarita Tirado de Golindano, quien falleció ab-intestato, el día 04 de diciembre del año 2007, según acta N°: 847. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los catorce (14) días del mes de febrero del año dos mil ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
El Juez,
La Secretaria,
Abg. Santiago Restrepo Pérez Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
La Secretaría,
SRP/mcc
Sol. N° : 7127
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