Se inicia la presente causa mediante escrito presentado por el ciudadano ANTONIO MICHELE PERICOLO PUERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.119.759, asistido por los abogados MARIA ANTONIA GONZALEZ ESPINOZA e IVAN GONZALEZ MORA, Inpreabogado Nros. 29.837 y 58.684 respectivamente, a través del cual manifiesta que desde hace varios años dió en arrendamiento un inmueble constituido por un terreno y la casa sobre el construida, ubicada en la Avenida Monseñor Sendrea Nro. 75 de esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, con una superficie de seiscientos veinticuatro mil metros cuadrados con noventa centímetros cuadrados (624,90 M2), con los siguientes linderos: Norte: Casa de Ibrain Reyes, Sur: Casa de Diógenes López, Este: Solar de la casa de la Familia Avendaño y Oeste: Avenida Monseñor Sendrea, signado con el código catastral 12-12-URB-01-40-28, al ciudadano AVELINO DE ABREU MACEDO, donde funciona actualmente la compañía denominada “Restaurant Tasca Pizzería Pollo La Cascada C.A.”. Asimismo alega el demandante de autos que pretende la acción de desalojo de conformidad con el artículo 34 literal “b, e y g” de la Ley de Arrendamiento inmobiliario.
Admitida la demanda, se ordenó la citación personal de la parte demandada, ciudadano AVELINO DE ABREU MACEDO, para que compareciera por ante este Juzgado, a dar contestación a la demanda que tendría lugar al segundo (2º) día de despacho siguiente a su citación.
En fecha 11 de Febrero del presente año, es consignada por el alguacil de este despacho, la boleta de citación debidamente firmada.
Siendo la oportunidad para dar contestación a la demanda el demandado de autos lo hace consignando escrito constante de siete (07) folio útiles.
En fecha 18 de Febrero de 2008, la parte demandante, a través de los apoderados judiciales abogados MARIA ANTONIA GONZALEZ ESPINOZA e IVAN GONZALEZ MORA, consigno escrito de Promoción de Pruebas y anexos. El Tribunal en vista del escrito de Promoción de Pruebas de la parte demandante lo admite cuanto ha lugar en derecho.
En fecha 25 de Febrero de 2008, comparecieron por ante este Juzgado, la parte demandada asistida por el Abogado LUIS ENRIQUE RUIZ REYES y por la otra los apoderados judiciales la parte demandante MARIA ANTONIA GONZALEZ ESPINOZA e IVAN GONZALEZ MORA, Ut-Supra identificados, quienes celebraron Convenimiento cuya acta se explica por sí sola, ante lo cual, solicitaron la Homologación.
En virtud de tales actuaciones, esta Sentenciadora pasa a decidir: