Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de julio de 2.008.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2001-001254.
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, este Tribunal visto el Informe Evolutivo realizado por la Asociación Civil de Casas Don Bosco-Sede Sarria, al adolescente XXX, de diecisiete (17) años de edad, en la cual se recomendó que el mismo fuese ingresado en la Entidad de Atención Casa Don Bosco Valencia, a los fines de su capacitación laboral, acuerda la derivación del mencionado adolescente de la Entidad de Atención “Casa Don Bosco Valencia”, ubicada en Valencia Estado Carabobo, institución ésta al cual se ordena su ingreso. Asimismo, se ordena su egreso de la Entidad de Atención “Asociación Civil de Casas Don Bosco-Sede-Sarria”. Por último, se acuerda oficiar a las Directoras de las Entidades de Atención antes enunciadas, a los fines de comunicarles la presente decisión. En tal sentido, la Entidad de Atención “Casa Don Bosco Valencia, ejercerá la responsabilidad de crianza del adolescente XXX, en los términos establecidos en el artículo 358 ejusdem. Así se decide. Líbrense oficios.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA,
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