REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 07 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : JP21-P-2007-002012
ASUNTO : JP21-P-2007-002012

TRIBUNAL DE JUICIO UNIPERSONAL
ACUSADOS: MARITZA JOSEFINA MORENO DE RONDON, LUISA JOSEFINA QUIARO MORENO, LUIS EDUARDO RONDON MORENO Y ERISON JOSE QUIARO MORENO
VÍCTIMAS: COLECTIVIDAD, EL ESTADO VENEZOLANO Y EL FUNCIONARIO ELVIS CEBALLO.
DELITOS: MARITZA JOSEFINA MORENO DE RONDON; LUISA JOSEFINA QUIARO MORENO y ERISON JOSE QUIARO MORENO , por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas con la agravante establecida en el artículo 46 numeral 5° Ejusdem y 218 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD Y EL ESTADO VENEZOLANO. Y contra el ciudadano LUIS EDUARDO RONDON MORENO, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES SIMPLES O MENOS GRAVES , previstos y sancionados en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas con la agravante establecida en el artículo 46 numeral 5° Ejusdem y 218 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, EL ESTADO VENEZOLANO Y EL FUNCIONARIO ELVIS CEBALLO, respectivamente
DEFENSORA PRIVADA: ABOGADO TAILANDIA MARQUEZ.
FISCAL: 16° DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. EMILE MORENO GAMBOA
DECISIÓN: SENTENCIA ABSOLUTORIA


CAPITULO
I
ANTECEDENTES PROCESALES DEL JUICIO ORAL

En fecha 19 de Julio del año 2007, se llevo a cabo ante el tribunal de control Nº 01 de esta extensión penal la audiencia Preliminar en relación al presente asunto seguido en contra de los ciudadanos MARITZA JOSEFINA MORENO DE RONDON, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.802.278 nacida el 30-03-1960 de 46 años de edad; viuda, hija de MELANIA MORENO y BONIFACIO MORENO, de profesión u oficio Cocinara; domiciliada en Calle Nueva del sector Chingoreto, casa N° 03 de Zaraza Estado Guárico; LUISANA JOSEFINA QUIARO MORENO venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.643.060 nacida el 23-02-1985 de 22 años de edad; soltera, hija de MARITZA MORENO y JOSE LUIS QUIARO, de profesión u oficio comerciante - estudiante; domiciliada en Calle Nueva del sector Chingoreto, casa N° 03 de Zaraza Estado Guárico y ERISON JOSE QUIARO MORENO venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.030.077 nacida el 11-06-1987 de 19 años de edad; soltero, hijo de MARITZA MORENO y LUIS QUIARO, de profesión u oficio mecánico; domiciliado en Calle Nueva al Final; del Barrio Chingoreto de Zaraza Estado Guárico, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas con la agravante establecida en el artículo 46 numeral 5° Ejusdem y 218 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD Y EL ESTADO VENEZOLANO y contra el ciudadano LUIS EDUARDO RONDON MORENO venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.121.509 nacida el 11-02-1983 de 24 años de edad; soltero, hijo de MARITZA MORENO y EUCLIDES ANDRADE, de profesión u oficio Obrero; domiciliada en Urbanización Rodríguez Morales, Segunda Etapa Primera calle casa S/N Zaraza Estado Guárico, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES SIMPLES O MENOS GRAVES, previstos y sancionados en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito de Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas con la agravante establecida en el artículo 46 numeral 5° Ejusdem y 218 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, EL ESTADO VENEZOLANO Y EL FUNCIONARIO ELVIS CEBALLO, respectivamente admitiéndose la acusación fiscal en los términos presentados por la Representación Fiscal, ordenándose el enjuiciamiento de los ciudadanos y la remisión de las actuaciones al Juez de Juicio correspondiente.

CAPITULO II
ENUNCIACION DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO

…Llegado el día y la hora para llevar a efecto el juicio Oral y Público por ante este Tribunal de Juicio Nº 01 en fecha 13 de Mayo 2008, el Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público Abg. EMILE MORENO GAMBOA, procedió a presentar acusación en contra de los ciudadanos MARITZA JOSEFINA MORENO DE RONDON, LUISA JOSEFINA QUIARO MORENO, LUIS EDUARDO RONDON MORENO Y ERISON JOSE QUIARO MORENO, exponiendo la acusación correspondiente y señalando los hechos que atribuía a los acusados de autos en los términos siguientes:
“… En fecha 16 de marzo de 2007, siendo aproximadamente las 2:30 horas de la tarde, los Funcionarios Policiales, prosiguiendo con las investigaciones Policiales relacionadas con el Asunto DIP-001-07, nomenclatura de esa Dirección de Investigación Policial, se trasladaron hasta el Barrio “El Chingoreto”, sector el Hueco, calle Nueva, Casa S/N., específicamente a una casa de color azul, con ventanas y puertas de color blanco, con techo de acerolit, con bordes de teja y en la parte superior del techo con una antena de Directv , lugar donde reside una ciudadana de nombre MARITZA MORENO, apodada “La Intocable”, cumpliendo con la Orden de Allanamiento, expedida por este Tribunal de Control Nro. 1, según Oficio Nro. 1054 de fecha 15-03-2007, y una vez en el lugar , en presencia de dos testigos, se procedió a llamar por la puerta principal de dicha residencia, siendo atendidos por una ciudadana que se identificó como MARITZA MORENO, quien a su vez manifestó ser la propietaria de dicho inmueble, a quien se le entregó una copia fotostática de la Orden de allanamiento, y en vista de que la ciudadana no permitió el acceso a la residencia, se vieron en la imperiosa necesidad de utilizar la fuerza publica para ingresar al interior de la misma, teniendo que derrumbar una puerta de metal que da acceso al solar de la casa, para ingresar a la vivienda, y al llegar a la puerta trasera de la residencia, las personas que estaban adentro entre ellos dos hombres y dos mujeres, impedían el acceso, por lo que utilizaron nuevamente la fuerza publica para abrir la puerta, logrando abrirla, y procediendo inmediatamente a estas personas que salieran al patio de la casa ya que las mismas querían evadir a la Comisión Policial, todo esto con el fin de resguardar la integridad física de los testigos, de los funcionarios policiales y la de ellos, logrando someter a un ciudadano y a dos mujeres, entre ellas la ciudadana MARITZA MORENO, mientras que el otro ciudadano LUIS EDAURDO RONDON MORENO, logró herir en la pierna derecha a uno funcionario policial de nombre Elvis Ceballo, perteneciente a la Brigada de Intervención y Apoyo de la Policia de este Estado, con una arma blanca tipo cuchillo.- Acto seguido encontraron en el inmueble, específicamente en la sala una balanza electrónica de color gris, un rollo de papel aluminio, en el cuarto izquierdo de la sala incautaron un envase de material sintético de color negro, contentivo en su interior de una bolsa transparente con siete envoltorios de aluminio, de una sustancia pastosa de color blanco de presunta droga, un monedero de color negro que contenía en su interior 610.000 bolívares en efectivo, posteriormente le informaron a los ciudadanos qu4e se encontraban en el inmueble que estaban detenidos y les leyeron sus derechos. Luego en el segundo cuarto del lado derecho de la sala lograron encontrar dos (02) bolsas transparentes con una sustancia pastosa de color blanco, dos bolsas de material sintético transparente con un polvo de color blanco y 300.000 bolívares en efectivo, en el primer cuarto del lado derecho de la casa, después de pasar la sala, ubicaron una bolsa azul contentiva de 325.000 bolívares en efectivo, e el segundo cuarto del lado derecho de la casa, después de pasar la sala, ubicaron una bolsa que contenía 1000.000 de bolívares, una caja de tiza, marca primus, con varias tizas blancas, una libreta del Banco Banfoandes perteneciente a la ciudadana MILANIA MORENO N° 0007-0093-27-0010001587, Sucursal Zaraza, Estado Guárico, una libreta del Banco Venezuela, perteneciente a la ciudadana LUISANA JOSEFINA QUIARO MORENO, Sucursal Zaraza, Estado Guárico y otra libreta con las mismas características, pertenecientes a la ciudadana MARITZA JOSEFINA MORENO DE RONDON N° 01020113610100206054, sucursal Zaraza, Estado Guárico, una tarjeta de débito de la entidad bancaria Banfoandes, una chequera del Banco Provincial, contentiva de diez cheques en blanco, pertenecientes a la ciudadana LUISANA JOSEFINA QUIARO MORENDO, dos cuchillos, una camara fotográfica, siete teléfonos celulares, y por último en una cocina un pote blanco con un polvo blanco, conteniendo 359 envoltorios con papel aluminio, igualmente un vehículo moto modelo jog artista, color negro con blanco, serial de cuadro 3KJ-7648608….” .