REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
TUCUPIDO, 17 DE JULIO DE 2008.--
197° Y 148°
Visto el convenimiento celebrado ante este despacho en fecha 14 de Julio de 2.008, en el Expediente Nª 704-07,entre los ciudadanos: FRANCISCO JOSE TREJO GOMEZ, venezolano ,mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 14.894.684, de este domicilio, quien propone que en los actuales momentos no está en condiciones económicas por cuanto se encuentra delicado de salud y tiene que realizarse unos exámenes médicos , no procediendo dicho aumento de Obligación de Manutención, dicho ciudadano continuara depositando la cantidad de dinero que ha venido realizando, hasta que informe al Tribunal aumentar la referida obligación de manutención, y en virtud de la aceptación hecha por la ciudadana JESSIKA CAROLINA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 19.488.035, en representación de su menor hija, en consecuencia el Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, lo dá por consumado e imparte su homologación en los términos expuestos.- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio:
Dr. Vicente Ramón Vivas Briceño
La Secretaria:
Doldigrey Pulido Santaella.
EXP. N° 704-06
VRVB/dps.
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