REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Jueza Unipersonal Nº 2
Caracas, veinticinco (25) de junio de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-007392
Vista la anterior solicitud de CURADOR AD-HOC, presentada por la ciudadana YAJAIRA JOSEFINA CHIRINOS TERAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-11.432.430, en representación legal de sus hijas las adolescentes YANEISY LAIRETH y LISNEISY CARLIN GUERIRE CHIRINOS, de diecisiete (17) y trece (13) años de edad, respectivamente; quienes se encuentran asistidas por la abogada DANIA RAMIREZ, en su carácter de Defensora Pública Sexta (6°) para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en la cual solicita se le nombre CURADOR AD-HOC a las mencionadas adolescentes; este Tribunal, vistos los recaudos presentados, examinados los mismos cuidadosamente y el acta que antecede, en la cual consta la aceptación al cargo de CURADOR AD-HOC, hecha por la ciudadana OLGA JEANETTE MUENTES MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-12.374.795, acuerda en uso de sus facultades legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona antes identificada el cargo de CURADOR AD-HOC de las adolescentes YANEISY LAIRETH y LISNEISY CARLIN GUERIRE CHIRINOS. Asimismo se acuerda emitir copia certificadas de todo el expediente para que sea entregada al solicitante, por tal motivo se ordena oficiar a la Oficina de Atención al Público para que entregue las mismas, una vez que los solicitantes consigne los fotostatos. Cúmplase.
LA JUEZA,

LA SECRETARIA,

ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO

ABG. SORAYA ANDRADE.

G.-
AP51-S-2008-007392