REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° XIII
Caracas, 12 de junio de 2008 198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2003-000627
Vista la diligencia de fecha 07 de junio de 2008, mediante la cual comparece por ante esta Sala de Juicio la ciudadana, ALMA LUZ PEREZ ROMERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 22.030.603, actuando en su carácter de madre de SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, asistido por la Abogada MIRIAM VIVAS, actuando en su carácter de Defensora Pública Cuarta (4°) de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, manifestando que en razón de haber adquirido la mayoridad, requiere que este Órgano Jurisdiccional se le autorice para retirar cheque de gerencia consignado a su nombre y por cuanto se evidencia de autos que con el mismo fue aperturada una cuenta de ahorros en el Banco Industrial de Venezuela, a su nombre signada bajo el N° 0003-0081-18-0100180086. es por lo que, constatado como ha sido a través de la partida de nacimiento del referido ciudadano que cursa en el presente expediente, y a la vez se señala que la misma nació en fecha 24/06/1989, siendo evidente que el mismo actualmente tiene diecinueve (19) años de edad, en consecuencia es procedente tal solicitud por lo que se acuerda de inmediato previa las gestiones correspondientes por la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, le sea librado por dicha oficina el oficio a la entidad bancaria respectiva a los fines de que informe sobre la presente Autorización concedida al citado ciudadano para que pueda movilizar plenamente la cuenta de ahorros que se encuentra a su nombre, señalándose que el mencionado ciudadano puede movilizar dicha cuenta libremente, sin necesidad de requerir autorización para ello, ni siquiera de la ciudadana ALMA LUZ PEREZ ROMERO, antes identificada, en razón de haber adquirido su mayoridad. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. JAIZQUIBELL QUÍNTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA,
ABG. SALLY GUERRERO
ASUNTO: AP51-S-2003-000627
JQA/SG/Kristian Castellanos
Motivo: Aut. Jud. Para Cobrar
|