REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO SEXTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 04 de Junio de 2008
Juez Unipersonal Nº 16
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-007469

Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, presentada por los ciudadanos JOSE ALEXIS SANCHEZ VALERA y MARIFLOR IWANIEC GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.313.901 y Nº V.-10.814.924, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada COROMOTO VEZGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87.408; cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, en los mismos términos y condiciones expuestos por los solicitantes en el escrito de su solicitud, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil en concordancia con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Óbviese la notificación al Representante del Ministerio Público de conformidad con lo previsto en el Numeral Segundo (2do) del artículo 131 del Código de Procedimiento Civil, y conforme al criterio sentado por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia de fecha: 17/05/2001, dictada en el expediente Nº 00-506. Expídanse por secretaría las copias certificadas que requieran y señalan las partes con inserción del presente auto, a los fines de que surtan los efectos legales consiguientes. Asimismo esta sala de juicio acuerda oficiar a la Oficina de Atención al Público de este Circuito (OAP), a fin de que haga entrega a las partes interesadas las referidas copias. Líbrese el oficio correspondiente. Cúmplase.
LA JUEZA PROVISORIA,


Abg. CLARA AURORA PONCE ROCA. LA SECRETARIA


Abg. ALICIA GUZMAN VIDAL



Asunto: Nº AP51-S-2008-007469
Motivo: Separación de Cuerpos y Bienes
CAPR/AGV/YOLANDA