Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 12 de junio de 2008
198° y 149°



PARTE ACTORA: ABRAHAM MISADDAY ORTEGA VILLAZANA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 9.872.510

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: PEDRO LAPREA y OTROS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.264.-

PARTE DEMANDADA: SERVICIO DE VIGILANCIA PALADINO, C.A. (SEVIPAL-VIGILANCIA PRIVADA SEVIPAL).-

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ROSANA RODRÍGUEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123. 510.-

MOTIVO: INCIDENCIA
EXPEDIENTE N°: AP21-R-2008-000724



Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto de fecha 08 de mayo de 2008, dictado por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la medida solicitada por la parte actora en el juicio seguido por el ciudadano Abraham Ortega Villazana contra Servicio De Vigilancia Paladino, C.A. (SEVIPAL-Vigilancia Privada SEVIPAL).-

En el día de hoy, doce (12) de junio de 2008, siendo las doce del medio día (12:00 m.), se deja constancia de la comparecencia del ciudadano Abraham Ortega Villazana, en su carácter de parte actora, conjuntamente con su apoderado judicial, abogado Pedro Laprea; así como, de la abogada Nais Blanco, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ante este Despacho, a los fines de celebrar reunión conciliatoria con el ciudadano Juez. Aperturada la reunión, y luego de entablarse las conversaciones, el ciudadano actor Abraham Ortega Villasana, libre constreñimiento alguno, y debido al compromiso de la abogada Nais Blanco de procurar el pago señalado en el acuerdo de fecha 18/12/2007, celebrado por ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, manifestó su voluntad de desistir de la presente apelación, por lo que en tal virtud, revisados los extremos de ley, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándose por terminando el presente procedimiento; así mismo, se indica que una vez trascurrido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy, para la interposición de los recursos, sin que las partes hayan hecho uso de tal derecho, el presente expediente será remitido al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los fines de que sea agregado al expediente N° AP21-L-2007-002635, que contiene causa principal, en el juicio incoado por el ciudadano Abraham Ortega Villazana contra Servicio De Vigilancia Paladino, C.A. (SEVIPAL-Vigilancia Privada SEVIPAL). Así se establece.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Años: 198º y 149º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-


EL JUEZ
Abog. WILLIAM GIMÉNEZ


PARTE ACTORA Y
APODERADO JUDICIAL


APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA
Abg. RAMAULYS ALVARADO



NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.


LA SECRETARIA
Abg. RAMAULYS ALVARADO






WG/RA/clvg
Exp. N° AP21-R-2008-000724