República Bolivariana de Venezuela.
 
En su Nombre.
 
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
 
 
 
ACTUANDO EN SEDE: Civil.
 
EXPEDIENTE N°: 6.837-08
 
MOTIVO: Divorcio 185-A Código Civil.
 
SOLICITANTES: RAFAEL FORTUNATO RODRIGUEZ y ALBA ROSA DELGADO. 
 
 
	En fecha 15 de 	mayo del año 2008, los ciudadanos RAFAEL FORTUNATO RODRIGUEZ y ALBA ROSA DELGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.291.757 Y 8.167.038, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Marco Antonio Marquez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 93.311, presentaron escrito de solicitud de divorcio, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que desde hace más de cinco (05) años están separados. Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones:
 
PRIMERO
 
	En este procedimiento, se ha dado cabal cumplimiento a los trámites legales consagrados en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano.
 
	El Fiscal del Ministerio Público, quien fuera legalmente citado, no hizo oposición alguna.
 
SEGUNDO
 
	Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A, éste Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulado por los ciudadanos RAFAEL FORTUNATO RODRIGUEZ y ALBA ROSA DELGADO, ambos identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil  del Municipio Juan germán Roscio del Estado Guárico, en fecha 03 de octubre del año mil novecientos setenta y nueve. (1.979), como consta de acta N° 318.
 
	Con respecto a la descendencia de los cónyuges, los mismos manifiestan que  procrearon tres (3), hijos  GABRIELA YUBIRY, HECTOR ALONSO y ALBANA GABRIELA RODRIGUEZ DELGADO, todos mayores de edad. 
 
	Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo y ejecútese.
 
	Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. En la ciudad de San Juan de los Morros, a los diecisiete (17) días del mes de junio del año dos mil ocho.- (2008) Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
 
 
    			El Juez,
 
 
	Abg. Santiago Restrepo Pérez.
 
						          La Secretaria Accidental,
 
	
 
						             Abg. Isbelia Cambera.
 
 
En la misma fecha siendo las 11:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la  anterior decisión.
 
 
La Secretaria Acc., 
 
SRP/jga.-.
 
Exp. N°  6.837-08
 
 
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