Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-
Valle de Pascua, 17 de junio de 2008.-
198° y 149°
Vista la TRANSACCION efectuada por las partes en el juicio por INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE OPCION COMPRA-VENTA, seguido por ante este Tribunal por el ciudadano EDGAR WILFREDO QUINTERO SARDI, contra la Empresa AGROPECUARIA SEIS C.A., este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia en materia Agraria, dá por consumado dicho acto, acuerda la homologación del mismo y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Agréguese el cuaderno principal al cuaderno de medidas .- En cuanto a la suspensión de las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en la presente causa, este Tribunal acuerda suspender la mismas oficiándose lo conducente a la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico.- Igualmente se les expiden dos (2) copias fotostáticas certificadas solicitadas de la presente Transacción y del auto que la provee.-Se dá por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente.-
La Juez Temporal,
ABG. JELISCA JUMICO BECERRA CHANG.-
La Secretaria,
ABG. NIEVES YSAMER ARVELAEZ B.-
Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 17 de junio de 2008, siendo las 10:00 de la mañana, asimismo se expidieron las copias solicitadas y se archivo el Expediente N° 2007-4.069 constante de doscientos sesenta y cinco (265 ) folios útiles.-Conste.-
La Secretaria,
ABOG. NIEVE YSAMER ARVELAIZ BALZA.-
Exp N° 2007-4.069.-
JJBCH/mms.-
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