JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-
TUCUPIDO, 20 DE JUNIO DE 2008.--
197° Y 148°
Vista la proposición de aumento de Obligación de manutención realizada por el ciudadano: PEDRO GUSTAVO PERREZ PORRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No 8.795.490,parte demandada en el presente juicio ( Exp. 442-06), y la aceptación de la misma por parte de la ciudadana: ANA BERTHA GONZALEZ, quien actúa en representación de sus hijos (identificados en autos), donde se estableció que el padre de dichos niños y adolescentes, acuerda depositar mensualmente la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES ( Bs. 600,00); asi como también se comprometió a depositar en el transcurso de la primera quincena del mes de Julio la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES ( Bs. 500,00) para gastos de promoción de su hija XXXXXXXXXXXXX, y la mitad previa notificación de los gastos relacionados con medico y medicinas cuando el caso lo amerite, asi como lo concernientes a útiles y ropa escolar, y gastos de la época decembrina.; el Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley lo da por consumado e imparte su homologación, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, en los términos expuestos; y los depósitos concernientes a la obligación de manutención lo seguirá haciendo el padre de los niños y adolescente en la cuenta signada con el No 0007-0146-77-0010000295, en BANFOANDES de esta localidad, a nombre de los hermanos Pérez Gonzalez , consignado posteriormente la copia del bauche de deposito en prueba de haber dado cumplimiento..- Provéase lo conducente.-
El Juez Provisorio;
Dr. Ramón Vicente Vivas Briceño
La Secretaria;
Doldigrey Pulido Santaella
EXP. N° 442-02
VRVB/DPS/dayris
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