En el día hábil de hoy, jueves veintiséis (26) de junio de 2008, siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en el presente juicio, incoado por el ciudadano CARLOS MORENO contra “ F&M INGENIERIA C.A ”, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, previo anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, el abogado CARLOS CUBA, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el número 51.407, apoderado judicial de la parte accionada, quien en lo sucesivo y a los efectos de esta Acta, se denominará “DEMANDADO”. Este Juzgado, deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante; ciudadano: CARLOS MORENO; ni por sí ni mediante Apoderado Judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el ARTÍCULO 130 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las 2:15 p.m. Publíquese. Regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión. Años: 197º de la Independencia y 148° de la Federación.
LA JUEZA,

ABG. MARIA MILAGROS SALAZAR





APODERADO JUDICIAL
DE LA DEMANDADA,



EL SECRETARIO,


ABG. REINALDO USECHE GOMEZ


Siendo las dos y quince (2:15) de la tarde se publico la presente sentencia y se dejó copia autorizada.

Secretario;