REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 17 de Marzo de 2008
197° y 148°

Causa: 4E-876.-
Penado: JOSÉ ANDRÉS HERNÁNDEZ GUDIÑO, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.463.264

Vistas las anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, para decidir observa:

PRIMERO: El ciudadano JOSÉ ANDRÉS HERNÁNDEZ GUDIÑO, fue condenado en fecha 28-05-1999 por el suprimido Juzgado Superior Accidental Tercero del Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cumplir la pena de ocho (08) años de presidio por la comisión del delito de Robo Agravado, tipificado en el artículo 460 del Código Penal. Igualmente fue condenado a cumplir las penas accesorias de Ley, establecidas en el artículo 13 del Código Penal.

SEGUNDO: El 07-06-2000, este Tribunal de Ejecución, procedió a dictar el auto de Ejecución de la Sentencia, así como a efectuar cómputo, en las presentes actuaciones.

TERCERO: Consta en el expediente (folios 217 de la segunda pieza del expediente), copia certificada del Certificado de Defunción (EV-14), de fecha 05-01-08, emanado del Instituto Nacional de Estadísticas, expedido por el Médico Forense, en el cual se deja constancia que en la fecha señalada falleció el ciudadano JOSÉ ANDRÉS HERNÁNDEZ GUDIÑO, cédula de identidad número 13.463.264, siendo la causa de la muerte “SEPSIS ABDOMINAL COMPLICACIÓN FINAL DE HERIDA POR ARMA DE FUEGO AL ABDOMEN”.

Ahora bien, este Tribunal de Ejecución en virtud de lo anterior considera procedente y ajustado a derecho, declarar la extinción de la pena impuesta al ciudadano que respondiera en vida al nombre de JOSÉ ANDRÉS HERNÁNDEZ GUDIÑO, titular de la cédula de identidad número V-13.463.264, a tenor de lo previsto en el artículo 103 del Código Penal. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA al ciudadano JOSÉ ANDRÉS HERNÁNDEZ GUDIÑO, titular de la cédula de identidad número V-13.463.264, de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal por el fallecimiento del mismo. Y ASÍ SE DECIDE.

Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese y ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ,

MIRIAM DAYSY VIELMA
LA SECRETARIA,


ABG. SINAHIM PINO GONZÁLEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, librándose los oficios y boletas correspondientes. Regístrese la anterior decisión bajo el N° 2044-08.


LA SECRETARIA,


ABG. SINAHIM PINO GONZÁLEZ











EXP. N° 876.-
MDV/Zully.-