N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2008-000174
PARTE ACTORA:YORMER LUIS RIO BARCELO
PARTE DEMANDADA: PARQUE MOTRIZ S.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCIS GONZÁLEZ.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy siete (07) de marzo de dos mil ocho (2008), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece la abogada FRANCIS GONZÁLEZ, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nro.- 53.842, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, según se evidencia de instrumento poder que en original presenta en este acto ad efectum vivendi, consignando copia simple del mismo, a los fines de su certificación. Se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano YORMER LUIS RIO BARCELO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primara Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se condena en costas a la parte actora. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 197 °.
La Juez

La Secretaria

Nereida Hernández González

Luisa Rosales



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.