REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, 28 de Marzo de 2.008
197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-004366

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha diecisiete (17) de marzo de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana JUANITA HERNÁNDEZ DE ALONZO, en su carácter de Fiscal Centésima Décima (110°) del Ministerio Público y actuando en interés superior de los niños (...), de (...) años y (...) meses, respectivamente, en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado por los ciudadanos JONATHAN ALEJANDRO MONTILLA TERÁN y RAIZA CRISTINA AVELLANEDA SUÁREZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-14.964.954 y V-16.139.815, respectivamente, a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron en el acta convenio, lo relativo a la Obligación de Manutención de los niños antes mencionados.