REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, 28 de Marzo de 2.008
197º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-004507
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha veinticuatro (24) de marzo de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por el ciudadano JHEISSON CARTA DURÁN, en su carácter de Defensor del Niño y del Adolescente Nro. 222, adscrito a la Defensoría Nro. 003, actuando a favor de los niños (...), de (...) y (...) años de edad, respectivamente, en el cual remite convenio de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR celebrado por los ciudadanos LUÍS HARDY SUÁREZ CONTRERAS y YARIMAR ALEXANDRA GUTIÉRREZ GÓMEZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-11.992.396 y V-15.147.481, respectivamente, a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron en el acta convenio, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar de los niños antes mencionados.