REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de marzo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
ASUNTO: AP21-S-2008-000261
Visto el escrito transaccional de fecha 06 de Marzo de 2008, presentado por los abogados JOSE CILIBERTO inscrito en el IPSA bajo el N° 130.961, en su carácter de abogado asistente del ciudadano GILBERTO PINEDA parte actora, , y por la parte demandada el apoderado judicial Manuel Romero, este Juzgador después de revisar exhaustivamente el escrito y comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos indicados en el referido escrito, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Mónica Quintero
Abg. Lorena Guilarte
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