República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.


ACTUANDO EN SEDE: Civil.
SOLICITUD N°: 7.199.
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTE (S): Dilia Margarita Castillo de Cordero.

En relación a la solicitud de fecha 08 de febrero del año 2008, suscrita por la ciudadana Dilia Margarita Castillo de Cordero, venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.389.553, asistida de abogado, donde solicita en su condición de cónyuges, sea declarada conjuntamente con sus hijos Víctor José, Zoraida Ernestina, Orlando Hermógenes, Luis Abrahan, Gustavo Enrique, Norys Lourdes, Deysi Tibisay, Francisco José, Jorge Alexander Cordero Castillo y Yaury Dilmar Cordero de Cortez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.281.818, V-8.782.176, V-8.782.490, V-9.883.791, V-9.887.106, V-10.667.420, V-13.732.201, V-11.123.841, V-16.804.416 y V-13.732.039, respectivamente, como ”ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus José Cordero, quien falleció ab-intestato, el día 06 de diciembre del año 2006. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por la mencionada ciudadana, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos Dilia Margarita Castillo de Cordero, Víctor José, Zoraida Ernestina, Orlando Hermógenes, Luis Abrahan, Gustavo Enrique, Norys Lourdes, Deysi Tibisay, Francisco José, Jorge Alexander Cordero Castillo y Yaury Dilmar Cordero de Cortez, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto José Cordero, quien falleció ab-intestato, el día 06 de diciembre del año 2006, según acta N° 845, de fecha 06 de diciembre del año 2006. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los trece (13) días del mes de marzo del año dos mil ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 148º de la Federación.


El Juez,

Abg. Santiago Restrepo Pérez.
La Secretaria,

Abg. Marisel Peralta Ceballos.

En la misma fecha siendo las 10:00 a.m., se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.

La Secretaria,
SRP/jcp.-
SOL. Nº 7.199