JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. Valle de la Pascua, veinticuatro de marzo de dos mil ocho.-

197 ° y 148°
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones mediante la cual el ciudadano JOSE DEL CARMEN MEDINA, debidamente asistido por el abogado SIXTO RÌOS CABEZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 50.554, mediante la cual solicita sea declarado conjuntamente con sus hijos MAYRA ANDREINA ALONZO, JOSE MANUEL MEDINA ALONZO Y JUAN JOSE MEDINA ALONZO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta MANUELA ALONZO OJEDA, quién falleció en esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guarico, el día 05 de Julio de 2007, cumplida la publicación ordenada y visto los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos ciudadanos HAYDOMAR JESUS MEDINA Y WILFER JOSE GONZALEZ MORA, quienes manifestaron conocerlos suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años; que les consta que la prenombrada causante era su legitima esposa, que solo le sobreviven el y sus hijos, El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a los ciudadanos JOSE DEL CARMEN MEDINA, MAYRA ANDREINA ALONZO, JOSE MANUEL MEDINA ALONZO Y JUAN JOSE MEDINA ALONZO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la difunta MANUELA ALONZO OJEDA. Déjese constancia en el libro diario y devuélvanse originales las presentes actuaciones conforme a lo solicitado.
El Juez

Dr. José Bermejo
La Secretaria, Acc.

Abog. Jessica Mora.
Seguidamente se devuelve constante de quince (15) folios útiles.
La Secretaria, Acc.