REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL

Consta Convenimiento celebrada entre las partes, mediante acta por ante el Juzgado Especial Ejecutor de Medida de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán y san Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico cursante al folio (59), del expediente N° 1196-97, donde interviene el apoderado actor ciudadano: ERASMO ANTONIO BOLIVAR, Inpreabogado N° 25.471 y expone: “Visto que me fue cancelado el pago de las Prestaciones Sociales del demandante Ramón Antonio Castillo, plenamente identificado en autos, pido al Tribunal de la causa la homologación del presente convenimiento aquí realizado es todo”.- El Tribunal visto el convenimiento Celebrado entre las partes LO HOMOLOGA, de conformidad con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se da por terminada la presente causa, y se acuerda la remisión del mismo al Archivo Inactivo de esta ciudad de Calabozo a los fines de su archivo, mediante oficio Así se decide