JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCIO JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- Tucupido, Seis (06) de Marzo de Dos Mil Ocho.-

197º y 148º

Recibido mediante oficio Nº 016-08, de fecha 05 de Marzo de 2008, emanado del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Josè Fèlix Rìbas del Estado Guàrico, el presente acuerdo conciliatorio, efectuado entre los ciudadanos: LUIS GUSTAVO AREVALO CASTILLO y RUTHMERY SOLER VELASQUEZ, titulares de las cedulas de identidad Nrºs. V-15.247.426 y V-16.972.780, respectivamente, en relación a la solicitud de Fijación de Obligación alimentaria fijada por ellos para el menor: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, el Tribunal le entrada en el Libro respectivo y su curso de Ley. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, da por consumado el acuerdo conciliatorio en los términos allí establecidos y le imparte su homologación.-
EL JUEZ;

DR. VICENTE RAMÓN VIVAS BRICEÑO.
LA SECRETARIA;

DOLDIGREY PULIDO SANTAELLA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA;

DOLDIGREY PULIDO SANTAELLA.