En horas de despacho del día de hoy 25 de Marzo de 2008, comparece por ante este despacho el Abogado JORGE ALEJANDRO VALERA PEÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 14.881.252 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 116.784, actuando en este acto como Apoderado Judicial de la ciudadana VIRGINIA MERCEDES DEL BOCCIO SALAZAR, suficientemente identificado en el Exhorto N° 438-08 de acuerdo a la nomenclatura llevada por este Juzgado; ante su competente autoridad ocurro para exponer: A los fines de dar por terminado el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARENDAMIENTO que interpusiera la ciudadana VIRGINIA MERCEDES DEL BOCCIO SALAZAR, se convino en entregarle el inmueble al momento de su ejecución en un lapso, fecha esta en la que la demandada desocupo y entrego el inmueble libre de personas y cosas, tal como se estipula en el acuerdo, por lo que en este acto la Abogado ROXANA DI NINO entrega las llaves del inmueble y por lo tanto la desocupación del bien inmueble; no habiendo más nada que reclamar, ni en el presente, ni en el futuro a excepción de que quede por pagar algún recibo de los servicios públicos que deberá cancelarlo dicho Inquilino ante las mencionadas oficinas. Por lo tanto le pedimos a la ciudadana Jueza que remita el expediente al Juzgado Segundo de los Municipios de esta Circunscripción Judicial del Estado Guárico para que se homologue la presente causa y remita dicha causa el archivo y/o registro según sea la circunstancia. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. La Secretaria. Yelitza Flores Osto (fdo) Firma Ilegible. Los Diligenciantes. (fdos) Firman Ilegibles.----------------------------------------------
Recibido hoy: 25-03-2008.
En horas de: Despacho (3:00 p,m)
Constante de: Un (01) folio útil,
En esta misma fecha se dio cuenta a la Juez y se agrego a los autos.