PARTE ACTORA: MANUEL RANGEL, Venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de Identidad número V.-12.362.615.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ALIDA DUARTE MENDOZA, HOEGL ANULFO PÉREZ MORENO y ALICIA FERNANDEZ CLAVO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 24.661, 100.232 y 26.257, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: las sociedades mercantiles PREMEZCLADOS Y AGREGADOS LOS LLANOS, C.A. e “INVERSIONES A & J 3000, C.A.”, y los ciudadanos CARLOS ENRIQUE HERNÁNDEZ ZAMORA y CARLOS EDUARDO URBANO FERMIN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V.-8.570.940 y V.-8.281.993, respectivamente. El ciudadano no representado ni por sí, ni por apoderado judicial CARLOS ALFREDO HERNÁNDEZ ZAMORA.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: La representación del ciudadano CARLOS EDUARDO URBANO FERMIN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.281.993 y de la empresa PREMEZCLADOS Y AGREGADOS LOS LLANOS, C.A., inscrita el 06 de junio de 2.006 por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, bajo el número 9, Tomo A-43 de los libros llevados por ese registro, se encuentra en la persona de la profesional del derecho, ciudadana ALEJANDRA GONZÁLEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de Identidad números V.-16.054.135 e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 128.445. En representación del ciudadano CARLOS ENRIQUE HERNÁNDEZ ZAMORA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.570.940 y de la sociedad mercantil “INVERSIONES A & J 3000, C.A.”, se encuentra el profesional del derecho, ciudadano LUIS ENRIQUE QUINTERO LÓPEZ, titular de la cédula de Identidad número V.-8.793.830 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 39.304, con domicilio procesal en la calle Atarraya Sur, número 181, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfono 0414-296.35.26.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.

En el día de hoy Lunes doce (12) de Mayo de dos mil ocho (2.008), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia que se encuentra presente por la PARTE DEMANDADA La representación del ciudadano CARLOS EDUARDO URBANO FERMIN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.281.993 y de la empresa PREMEZCLADOS Y AGREGADOS LOS LLANOS, C.A., inscrita el 06 de junio de 2.006 por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, bajo el número 9, Tomo A-43 de los libros llevados por ese registro, la acredita las profesionales del derecho, ciudadana ALEJANDRA GONZÁLEZ, Venezolanas, mayor de edad, titular de las cédula de Identidad números V.-16.054.135 e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 128.445, respectivamente, quienes se encuentran presente y carácter que se observa de documento poder autenticado en fechas 29 de abril de 2008 y el 12 de marzo de 2.007, por ante la Notaría Pública Primera de Barcelona del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, inserto bajo los números 08, 43 y Tomos 65 y 33, respectivamente, de los libros llevados por esa notaría, agregado a los autos en copia simple, previa vista de su original, en ese orden, con domicilio procesal en la carretera el desvío, sector los cerritos, el Socorro, Tucupido estado Guárico, teléfono 0414-812.70.13. En representación del ciudadano CARLOS ENRIQUE HERNÁNDEZ ZAMORA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.570.940 y de la sociedad mercantil “INVERSIONES A & J 3000, C.A.” inscrita el 12 de noviembre de 2.001 por ante Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua bajo el número 54, Tomo 54-A de los libros respectivos, se encuentra el profesional del derecho, ciudadano LUIS ENRIQUE QUINTERO LÓPEZ, titular de la cédula de Identidad número V.-8.793.830 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 39.304, carácter que se observa de documento poder autenticado el 16 de julio de 2007 por ante la Notaría Pública de Valle de la Pascua del estado Guárico bajo el número 30, Tomo 71 de los libros llevados por esa notaría e incorporado a los autos en copia simple previa vista de su original, con domicilio procesal en la calle Atarraya Sur, número 181, Valle de la Pascua, estado Guárico, teléfono 0414-296.35.26, dejando constancia de la incomparecencia del ciudadano CARLOS ALFREDO HERNÁNDEZ ZAMORA a la presente audiencia preliminar. Se deja constancia que la parte demandante no se encuentra presente ni por si ni por medio de apoderado alguno. Así las cosas y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE la presente decisión. Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación


LA JUEZ,


GLANES BORGES ROMERO




LA SECRETARIA,


EDILUZ GONZALEZ GALLARDO