REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
del Área Metropolitana de Caracas.
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, dos (2) de Mayo de 2.008
197º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-005983

Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Visto el escrito de fecha catorce (14) de abril de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana ANA MARINA LOVERA, en su carácter de Fiscal Centésima Sexta (106°) del Ministerio Público y actuando en interés superior del adolescente (...), de (...) años de edad, respectivamente, en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado por los ciudadanos LUIS ALFREDO ALVAREZ FAGUNDEZ y OMAIRA JOSEFINA GUERRA VALDERRAMA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-6.563.278 y V-11.027.550, respectivamente, a favor del prenombrado adolescente, y quienes acordaron en el acta convenio de fecha 09 de abril de 2008, lo relativo a la Obligación de Manutención del adolescente antes mencionado.