REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal XIII

Caracas, 27 de mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO : AP51-S-2001-000407

Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y transcurrido como han sido más de seis meses desde el momento en que este órgano jurisdiccional dictara en fecha 03 de abril de 2001, Medida de Protección a favor del joven SE OMITE LA IDENTIFICACION, consistente en medida de colocación en entidad de atención a ejecutarse en la Fundación Divina Pastora, de conformidad con lo previsto en el artículo 126, literal “i” y 128 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Ahora bien, cumpliendo con el dispositivo legal previsto en el artículo 131 de la Ley in comento, que ordena la revisión por lo menos cada seis meses de las medidas de protección dictadas, y encontrándonos en dicho lapso, tomando en cuenta la fecha en que fue dictada originalmente la medida de protección que nos ocupa, este Tribunal procede a revisar la presente medida, en consecuencia revisadas como han sido las actuaciones de este órgano jurisdiccional, y visto que el joven de autos, adquirió la mayoría de edad, es por ello que esta Sala de Juicio, acuerda el cierre del presente expediente, en consecuencia se ordena el archivo del mismo.
La Jueza Provisoria,

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
La Secretaria
Abg. Sally Guerrero

Exp. Nº: AP51-S-2001-000407.