Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 28 de mayo de 2008
198º y 149º
PARTE ACTORA: LUISA ARGELIA ESPAÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 6.878.046.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARIO LAREZ y OTROS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.620.-
PARTE DEMANDADA: REPRESENTACIONES PRO-SURF, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de junio de 1997, bajo el N° 29, Tomo 314-A-Pro; INVERSIONES PLANET SURF, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30 de abril de 1997, bajo el N° 74, Tomo 101-A-Pro.-
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ ZAMBRANO y OTROS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.650.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
EXPEDIENTE N°: AC22-R-2005-000786
Han subido a esta superioridad las actuaciones del presente expediente en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 14 de noviembre de 2005, dictada por el suprimido Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual declaró perimida la instancia y extinguido el proceso en el juicio incoado por la ciudadana Luisa Argelia España contra Inversiones Planet Surf, C.A. y Representaciones Pro-Surf, C.A.-
Recibido como ha sido el presente expediente y notificadas las partes, mediante auto de fecha 07 de mayo de 2008, se fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia oral para el día 27 de mayo de 2008.-
Estando dentro del lapso legal correspondiente y celebrada como ha sido la audiencia oral, ésta Superioridad pasa a reproducir y a publicar en su integridad la decisión dictada en los siguientes términos:
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Por medio de auto de fecha 07 de mayo de 2008, se fijó para el 27 de mayo de 2008 la celebración de la audiencia oral de la presente causa; ahora bien, siendo el día y la hora fijada por éste despacho a los fines de la celebración de la audiencia oral, se dejó constancia, de la falta de comparecencia de la parte actora apelante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, lo que, en principio, conllevaría a este Juzgado a declarar el desistimiento de la presente apelación; no obstante, una vez analizadas a las actas procesales y conforme a lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que establece que “Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”, se observa que en el presente asunto, desde el 24 de mayo de 2006 (fecha en la cual el apoderado judicial de la parte actora solicitó el avocamiento del Juez a la presente causa) hasta el 27 de mayo de 2008 (cuando se celebró la audiencia oral ante esta Alzada), transcurrió más de un año sin que las partes realizaran actuación de impulso procesal alguna en el expediente, resultando evidente que transcurrió con creces el lapso establecido en el artículo 201 mencionado supra. Aunado a lo anterior se observa, que no consta en autos prueba alguna que haga por lo menos inferir que las partes durante dichos lapsos acudieron a verificar el estado en que se encontraba la precitada causa o expediente, resultando forzoso para este Juzgador, por todos los señalamientos referidos anteriormente, declarar la perención de la instancia y la extinción del procedimiento. Así se establece.-
Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: declara: ÚNICO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el juicio incoado por la ciudadana Luisa Argelia España contra Inversiones Planet Surf, C.A. y Representaciones Pro-Surf, C.A.; en consecuencia, SE CONFIRMA la decisión de fecha 14 de noviembre de 2005, dictada por el suprimido Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de mayo del año dos mil ocho (2008). Años: 198º y 149º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
EL JUEZ,
WILLIAM GIMÉNEZ
LA SECRETARIA
Abg. DAYANA DÍAZ
NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA
WG/DD/clvg / Exp. N°: AC22-R-2005-000786
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