REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión N° 57
Asunto N° JK01-X-2008-000032
Motivo: Inhibición
Inhibido: Abg. Daysy Caro Cedeño de González
Juez del tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
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I
Preliminar
Con fecha 28 de abril de 2008, la Juez Primero de Juicio de este Circuito, Abg. Daysy Caro Cedeño de González, se inhibe en la causa N° JP01-P-2006-001793, de su catalogo de causas, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 86.7 del Código Orgánico Procesal Penal (folio 01), en virtud de que siendo juez de primera instancia en funciones de control de este Circuito, dictó resolutiva como consecuencia de la audiencia preliminar en la causa donde se imputa al ciudadano Mario Antonio Mijares Delgado por el delito de Homicidio Intencional en grado de frustración, resolviendo conforme a la previsión del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 331 ejusdem, (folios 09 al 13), es decir que proveyó sobre admisibilidad de pruebas, de acusación y de planteamientos defensivos, que indudablemente tienen que ver con la base fundamental para resolver la culpabilidad o no del imputado en el juicio, lo cual afecta su imparcialidad, por lo que en consecuencia se declara con lugar dicha inhibición y se separa el señalado juez de conocer el presente asunto. Conforme a las previsiones de los artículos 86.7 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones de la Circunscripción del Estado Guárico Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, con lugar la inhibición de no conocer que suscribe la juez Daysy Caro Cedeño de González, a cargo del Juzgado Primero de Juicio, de este Circuito, extensión Calabozo, en el asunto N° JP01-P-2006-001793, de su catalogo de causas, seguida al imputado Mario Antonio Mijares Delgado. Se funda la decisión en relación a lo previsto en los artículos 86.7 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Publíquese. Déjese copia. Bájese la incidencia al órgano de origen.
El Juez,
Cesar Figueroa Paris
La Juez,
Yajaira Mora Bravo
El Juez, (Ponente),
Miguel Ángel Cásseres González
El Secretario,
Engelberth Becerra
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Engelberth Becerra